Boletín informativo 2/2009


INTENSIFICACIÓN DE LOS PROCESOS DE CONTROL Y VERIFICACIÓN COMO GARANTÍA DE CALIDAD
FEDER/FSE 2007-2013 (Artículo 13 del Reglamento (CE) 1828/200)


NUEVOS CONCEPTOS
  • “Operación” conjunto homogéneo de proyectos seleccionados por la Autoridad de Gestión del Programa Operativo o bajo su responsabilidad, conforme a criterios de selección establecidos por el Comité de Seguimiento, que permite una mayor y mejor aproximación a la realidad de la ejecución.

  • “Beneficiario” todo operador, organismo o empresa, de carácter público o privado, responsable de iniciar o de iniciar y ejecutar las operaciones. En el ámbito de los regímenes de ayuda a que se refiere el artículo 87 del Tratado, se entenderá por beneficiario toda empresa pública o privada que lleve a cabo un proyecto particular y reciba ayuda pública” (artículo 2 del Reglamento (CE) nº 1083/2006).

  • “Unidad gestora” órgano administrativo encargado de gestionar los créditos correspondientes a un programa presupuestario.

NUEVAS EXIGENCIAS
  • Principio de Separación de funciones: Cuando los Organismo Intermedios también sea beneficiarios en el marco del Programa Operativo debe garantizarse la adecuada separación de funciones1.

  • Normas y Procedimientos escritos: son el referente formal del proceso de verificación.

NUEVAS ESTRATEGIAS
  • Apreciación global de los resultados mediante Informes globales.

  • Atención preferente a la aplicación de los procedimientos aprobados.

  • Formalización documental de la selección de la muestra.


(1) Articulo 58, letra b del Reglamento (CE) nº 1083/2006.

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